[actualizado, Junio 2019]
El pasado 29 de Diciembre de 2017 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el nuevo marco normativo que regulará la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto en España. Esta nueva normativa entraba en vigor al día siguiente de ser publicada en el BOE, el 30 de Diciembre de 2017.
Se trata de una nueva normativa que introduce nuevos escenario en los que se hasta la fecha no era posible realizar: vuelos en ciudad, vuelos nocturnos, vuelos en espacio aéreo controlado, vuelos más allá del alcance visual para aeronaves de más de 2 kg y vuelos de alcance visual aumentado. Desde un punto de vista legal, ¿qué se puede y qué no se puede hacer con un drone?
Aunque en Aerial Insights nos dedicamos exclusivamente al procesado de imágenes de drone para generar diferentes tipos de mapas (ortofotos, nubes de puntos, dsm, dtm…) queremos despejar algunas dudas sobre el nuevo marco normativo en el que se mueve actualmente el sector de los drones en España. Si quieres conocer más en profundidad todo el potencial de nuestra plataforma online puedes hacerlo aquí.
En las siguientes líneas resolvemos las dudas más frecuentes que nos soléis hacer llegar.
¿Cuál es la normativa sobre drones que aplica en la actualidad?
Desde el 30 de Diciembre de 2017 la ley que aplica al uso civil de aeronaves pilotadas por control remoto (RPAs) en España es el Real Decreto Real Decreto 1036/2017. Fuera de toda duda e interpretación es la normativa que aplica al uso de drones.
¿Necesito sacarme la licencia de piloto de drone?
La normativa actual de drones solamente obliga a sacarse la licencia de piloto a las personas que vayan a desempeñar una actividad profesional con drones profesionales. Estas personas tendrán que acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos, además de acreditar un certificado médico de clase LAPL (para drones de < 25KG) o de Clase II (para drones >25KG). Existen multitud de academias y centros de formación que expiden estos títulos, pero una ATO certificada por AESA es la que en última instancia lo valida.
¿Qué requisitos necesito cumplir para trabajar profesionalmente con drones?
Para poder ofrecer servicios profesionales con drones debes de cumplir los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
- Tener un seguro de responsabilidad civil.
- Tener el título de piloto de drones.
- Tener certificado médico en vigor.
¿Qué requisitos tengo que cumplir si vuelo de forma recreativa?
Los usuarios de aeronaves pilotadas por control remoto destinadas exclusivamente a vuelos recreativos deberán de cumplir las siguientes condiciones:
- Volar a una distancia mínima de 8 km de cualquier aeropuerto o aérodromo.
- Volar fuera del espacio aéreo controlado.
- No sobrepasar los 120 metros de altura sobre el suelo, o sobre el obstáculo más alto situado dentro de una radio de 150 metros desde la aeronave.
- Volar de día y en buenas condiciones meteorológicas. Aquí hay que destacar que si la aeronave pesa menos de 2 kilogramos están permitidos los vuelos nocturnos siempre que no se superen lo 50 metros de altura.
- Los vuelos siempre será dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
- Las aeronaves de menos de 250 gramos podrán volar en ciudad y sobre aglomeraciones de personas y edificios siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura.
- Aunque no es obligatorio para el uso recreativo, sí es muy recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil.
Si tienes dudas de en qué zonas puedes volar tu drone con total seguridad puedes consultar la herramienta de ENAIRE Drones. La aplicación ofrece una base de datos visual con las zonas que están afectadas por algún tipo de limitación a la hora de completar vuelos de RPAs.
¿Tengo que ponerle una placa identificativa a mi drone?
Sí, cualquier aeronave pilotada por control remoto deberá de llevar una placa de identificación ignífuga en la que se mostrará la identificación de la aeronave. En dicha placa deberá de constar:
- Nombre del fabricante.
- Tipo.
- Modelo.
- Número de serie.
- Nombre del operador y los datos de contacto.
La información deberá de ir marcada por medio de grabado químico, troquelado, estampado u otro método homologado de marcado ignífugo, de forma legible a simple vista e indeleble. Además, las estaciones de pilotaje remoto (emisoras) también deberán de llevar un placa identificativa en la que se indique el nombre del propietario y sus datos de contacto.
¿Qué nuevos escenarios operacionales introduce la nueva ley de drones?
La nueva normativa de drones introduce nuevos escenarios operacionales que hasta la fecha no estaban permitidos: vuelos en zonas urbanas y sobre aglomeración de gente, vuelos nocturnos, vuelos en espacio aéreo controlado, vuelos fuera del alcance visual del piloto (BLOS) para aeronaves de MTOW>2kg y vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS).
¿Qué requisitos se necesitan para volar en zonas urbanas y sobre aglomeraciones de personas?
Los sobrevuelos en zonas urbanas y sobre aglomeración de personas están permitidos en esta nueva normativa pero se deberán de cumplir los siguientes requisitos:
- La masa máxima al despegue de la aeronave no puede exceder de los 10 kg.
- La operación se debe de realizar dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
- La zona a volar deberá de estar acordonada por la autoridad competente, o en otro caso, mantener una distancia horizontal mínima de 50 metros con edificios u otro tipo de estructuras además de mantener una distancia de 50 metros con personas ajenas a la operación.
- La aeronave deberá de tener instalado un sistema de limitación de energía del impacto (paracaídas, airbag…)
- Se deberá de contar con la autorización por parte de AESA a través de la realización de un estudio de seguridad aeronáutica.
¿Qué requisitos se necesitan para realizar vuelos nocturnos?
Los vuelos nocturnos estarán permitidos pero se requerirá de la autorización expresa de AESA a través de la presentación de un estudio de seguridad específico. Además, la aeronave deberá incorporar dispositivos que garanticen su visibilidad (luces, pintura…). La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) dispondrá de hasta 6 meses para responder a la solicitud.
¿Qué requisitos se necesitan para poder volar en zonas de espacio aéreo controlado?
Los vuelos en zonas de espacio aéreo controlado estarán permitidos para aeronaves que equipen un transpondedor en modo S (menos para aeronaves de menos de 25kg en vuelos VLOS). También se requiere que el piloto tenga acreditación de radiofonista y acredite conocer el idioma o idiomas utilizados en las comunicaciones entre el controlador y la aeronave. También se deberá de contar con la autorización de AESA a través de un estudio de seguridad.
¿Qué requisitos se necesitan cumplir para hacer vuelos más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves de MOW>2Kg?
Los vuelos fuera del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves con MTOW>2 Kg estarán permitidos siempre y cuando la aeronave cuente con sistemas que permitan detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo y sean aprobados por AESA. Además, la aeronave deberá de tener instalado un dispositivo de visión orientado hacia delante y se deberá de contar con la autorización por parte de AESA basada en un estudio aeronáutico de seguridad.
¿Qué requisitos se necesitan para poder realizar vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS)?
Los vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS) estarán permitidos a través de la figura de los observadores intermedios siempre y cuando se garantice en todo momento la visión directa de la aeronave. Además, los observadores intermedios deberán de estar en continua comunicación con el piloto a través de radio y deberán de acreditar, al menos, los conocimientos teóricos de un piloto remoto.
Como veis, son cambios significativos que van a permitir disfrutar de grandes oportunidades en múltiples campos. Si tenéis cualquier comentario el equipo de Aerial Insights está encantado de resolver vuestras dudas y os animamos a que nos las envíes. En todo caso la fuente de información oficial es el Real Decreto Real Decreto 1036/2017. Antes de enviar cualquier consulta, es probable que podáis resolverla vosotros mismos revisando el FAQ de Aesa [link]. Felices vuelos!
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Entonces estamos como siempre no?
Seguimos sin el nuevo marco regulatorio y sin fecha.
Efectivamente Carlos, seguimos con la normativa 18/2014 (artículos 50 y 51) del 15 de Octubre del 2014, actualmente hay un borrador de una nueva ley pero aún no se sabe cuando entrará en vigor.
Hola. Nosotros lo hemos volado en París y nos lo han confiscado para enviarlo al tribunal de justicia diciéndonos que nos pongamos en contacto con nuestra embajada. Es lo normal? Te puedes confiscar el drone?
¡Hola! Muchas gracias por la información. Pero tengo una duda sobre este punto: «No se permite sobrevolar zonas pobladas ni aglomeraciones de personas. Esto supone que no es posible volar sobre pueblos, ciudades, campings, estadios deportivos abiertos, carreras…»
Se supone que ni un dron con fines lúdicos ni uno con fines profesionales puede sobrevolar, por ejemplo, un estadio lleno de gente. ¿Por qué, entonces, entonces es fácil verlos en estadios de fútbol y este tipo de eventos?
Muchas gracias.
Saludos Rafa;
Estás en lo correcto. Tanto para vuelos lúdicos como para vuelos profesionales está prohibido sobrevolar ciudades y zonas con aglomeración de personas a no ser que sea un espacio cerrado (un estadio cubierto, por ejemplo).
Un saludo!
Qué pasa ahora con la policía que se dedica a sobrevolar por encima de las casas con el fin de visionar a todo aquel que tiene plantas de cannabis u otras plantas? Es legal lo que están haciendo?
Están exentos te guste o no. Artículo 3 apartado 2 del 1036/17
Por que ha hecho un estudio aéreo de seguridad previo,en general no deberían pesar más de 10kg, lo pilota un piloto avanzado y AESA les ha concedido la autorización correspondiente
Con respecto a la ley que declara «prohibición de sobrevolar núcleoss urbanos o espacios con una alta masificación de gente sin el consentimiento especial por parte de la Agencia Española de seguridad aérea» he visto videos y he oido que es permisivo volar a lo largo de estas áreas no se considera un «aglomeracion de gente» (una playa con unas pocas personas, o un pequeño pueblo). Por favor, ¿podría aconsejarme si esto es de hecho la ley.? Gracias
Saludos David;
La normativa vigente no permite volar sobre núcleos urbanos así que no es posible volar un drone en un pueblo.
Con respecto a sobrevolar playas, la normativa no lo prohíbe directamente pero para poder hacerlo se han de cumplir todos los requisitos: que la playa esté fuera de núcleo urbano, que no haya aglomeración de gente, fuera de zonas CTR…
Aquí puedes ver más información sobre la normativa vigente.
Un saludo!
Hoy ha entrado en vigor la nueva legislación en la materia, el tan esperado Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea. Aquí está el enlace directo a la norma publicada en el BOE ayer: https://www.boe.es/boe/dias/2017/12/29/pdfs/BOE-A-2017-15721.pdf
Saludos Eulalia;
Como bien comentas, y como ya hemos indicado en el artículo, ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el nuevo Real Decreto.
Un saludo!
Buenas Si grabó unas imágenes con un dron, y subo el vídeo a mi canal de youtube, y se comparte en redes sociales, cometo algún delito?
Saludos Javier;
Siempre que vueles el drone en zonas apropiadas no vas a tener problema. Puedes echar un ojo a la app IcarusRPA para saber en qué zonas está permitido volar.
Un saludo!
Soy piloto de drones con mas de 700 km volados y mas de 300 proyectos de fotos aéreas. Vivo en la Ciudad de Mexico, y tengo registrado mi dron en Mexico ante la Secretaria de Comunicaciones y Transportes. También lo tengo registrado en Estados Unidos en la FAA. Mi pregunta es, tengo que registrar el dron en España? Si es así, donde? Gracias por su ayuda.
Saludos Miguel;
Para poder trabajar en España tendrás que darte de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), así como poseer el certificado de piloto de drone y tener contratado un seguro de responsabilidad civil específico.
Puedes ver información más detallada aquí.
Un saludo.
Y qué hay del derecho a la intimidad? Si las imágenes son de personas, aunque te den permiso para grabarlas, no tienes derecho a publicarlas sin su permiso explícito para ello. (Esto vale para imágenes tomadas desde un dron, o desde el suelo, en cualquier lugar.)
Hola.
Me gustaría exponer alguna pregunta directa acerca del nuevo reglamento.
No está permitido el vuelo sobre poblaciones salvo si se solicita permiso y este es concedido. De acuerdo, pero…
– Ese permiso podrá ser concedido a cualquier operador acreditado para realizar una tarea cualquiera (foto, vídeo, mediciones…) o solo a ciertos sectores como salvamento, emergencias, vigilancia, etc???
– En caso de ser accesible para por ejemplo un fotógrafo o filmador de documentales, será tedioso el papeleo administrativo, lento, caro y desesperante??? Habrá facilidad para solicitarlo y para ser concedido??? Requisitos de vuelo y seguridad???
– La misma pregunta para espacios ZEPA y otros parques naturales.
– En definitiva, los trámites serán ágiles y las concesiones asequibles???
– Para poder utilizar el vuelo para usos comerciales será necesario contar con licencia de operador o teniendo el carné de piloto y un seguro de responsabilidad será suficiente???
– Para sobrevolar terrenos con propietarios legítimos será necesario solicitar el permiso por cada terreno particular sobrevolado???
Muchas gracias, un saludo.
Saludos Jesús;
Sobre lo que comentas de los permisos para volar en los nuevos escenarios permitidos con la entrada de la nueva normativa aprobada el pasado 30 de Diciembre todavía falta cierta claridad para ver los pasos a seguir para pedir esos permisos. La solicitud de los permisos la podrá realizar cualquier empresa operadora que esté dada de alta en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Para poder realizar servicios remunerados con drones es indispensable estar dado de alta como operador en AESA, poseer el certificado de piloto de drone, tener un certificado médico en vigor y tener un seguro de responsabilidad civil. Aquí puedes ver más información sobre todo lo que te comento.
Un saludo.
Muchas gracias, tenía la duda de si solo podrían realizarse unos determinados servicios especiales.
Otra pregunta si eres tan amable.
Leo que en poblaciones solo podrán volar drones con masa inferior a 250 gr. y a menos de 20 m. Es así??? La pregunta es… esos drones de menos de 250 gr. podrían realizar actividades profesionales si se encontrara la forma de darles uso???
Un saludo.
Saludos Jesús,
Como comentas, con la nueva normativa es posible volar drones de menos de 250 gramos en ciudad siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura. Este tipo de drones de menos de 250 gramos suelen ser los destinados al hobby y, por el momento, no tienen la calidad suficiente como para poder prestar servicios profesionales con ellos.
Un saludo.
Buenas tardes, muchas gracias por la información, es bastante clarificadora.
Tengo una duda,yo me estoy preparando para ser piloto de drones de uso lúdico, mis drones pesan aproximadamente 360gr y los volaría alejados de núcleos urbanos.
La duda es que el requisito de que el piloto tenga contacto vusial con el dron es una referencia? Porque la mayoría de estos drones usados en el «free style» son guiados por el piloto desde unas gafas mediante un transmisor y ves a través del dron, pero no ves a tu alrededor sino la visión que tiene artefacto.
Además de que no tengo ninguna titulación teorica, y los drones los fabricó yo.
Saludos Pablo;
La normativa es bastante clara al respecto. Se debe de volar dentro del alcance visual del piloto (VLOS) y no sobrepasar los 120 metros de altura. Aquí puedes ver información facilitada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Un saludo.
Buenos días.
En primer lugar agradecer el artículo, es bastante clarificador para los que nos estamos introduciendo en este mundo.
Yo tengo un par de dudas al respecto.
Voy a pilotar drones con fin recreativo de un peso aproximado de unos 370gr en modalidad FVP, es decir vuelo con unas gafas que me transmiten la imagen desde una cámara del dron.
1. Según la normativa no necesito ningún tipo de licencia ni formación práctica ni teorica cierto?
2. El artículo habla de que el piloto debe tener contacto visual con el artefacto, pero si piloto con gafas estas me cubren los ojos y evidentemente no lo veo, sin embargo he leído que la referencia son 500metros de distancia como máximo. Eso es cierto?
Muchas gracias?
Perdona no me aparecía el comentario que dejé ayer. Gracias por todo, habeis resuelto mis dudas.
Buenas tardes:
Si tuviese que hacer vuelos en una competición ciclista, cual seria la distancia que debo tener,en vuelos recreativos. Seria en el monte.
Saludos Sergio;
El caso que comentas es complicado ya que la normativa actual no permite vuelos sobre aglomeraciones de gente ni de edificios. En este enlace puedes ver más información sobre lo que está permitido en vuelo recreativo.
Un saludo!
Hola, tengo una duda. He leído en alguna parte que en España esta prohibido comercializar lo que has filmado, por ejemplo, no puedes comercializarlo en Youtube, lo cual me parece una normativa totalmente represora ya que si es verdad seria el único país del mundo que tiene una normativa de esta estilo. Podrías confirmarme este punto? Gracias.
Saludos Andrés;
La normativa vigente exige estar dado de alta como operador para poder trabajar profesionalmente con drones. El caso que comentas en algo peculiar: si tienes un canal de YouTube monetizado se puede interpretar que estás obteniendo beneficio de tus filmaciones con drone. Te recomiendo que te pongas en contacto con AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y le expongas más detalladamente tu caso. Aquí también puedes ver algo más de información.
Un saludo.
Supongo que si no vives de eso no. (Los ingresos deberían superar al menos el sueldo mínimo interprofesional, deberías estar dado de alta como autónomo…)
Buenas tardes,
Me llamo José Luis y llevo en r.c.unos treinta y ….años,(helicópteros,aviones,e.t.c.)siempre he volado en sitios que he considerado legal sin conocer las normativas al 100% ,pero con educación,respeto y usando la ética.
Ahora con la moda de los drones y que solo se piensa en que son para hacer mal o sacar beneficio con ellos,se están buscando unas normativas poco claras,escasas y casi todas sancionables por zonas restringidas o falta de permisos,e.t.c.
Tan difícil es hacer unas normativas más claras,sencillas .?
Unas para profesionales,otras para hobby,con una base común.
La D.G.T.,seguro que tiene más señales de tráfico y normativas que las que se necesitan para los drones.
Aprovecho para haceros una pregunta;
Tengo un terreno vallado, pero en zona ZEPA,¿puedo volar el dron (Mavic air de 610 gs en orden de vuelo)respetando distancias,altura,e.t.c.?
Con un apretón de manos y esperando una contestación,se despide José luis.
Saludos José Luis;
No es posible volar en zonas ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves) sin tener permiso expreso. El volar el drone en esas zonas puede molestar, dañar o alterar la fauna sensible.
Un saludo.
¿Y en una Reserva Natural?
Saludos Sergio;
No es posible volar en una Reserva Natural sin tener la autorización de dicha Reserva Natural.
Un saludo.
Buenos días:
Tengo algunas dudas sobre la posibilidad de sobrevolar Bilbao con un dron. Por una parte, el art 21.3 permite hacerlo en zonas urbanas, cumpliendo unos requisitos, entre otros que se realice la operación en espacio aéreo no controlado. Por otra parte, Bilbao esta de lleno en zona CTR y TMA. ¿Eso significa que no se puede tramitar la autorización de AESA prevista en el art. 40 (previo estudio aeronáutico de seguridad)? Es decir, que ¿nunca se va a poder obtener esa autorización por ser Bilbao espacio aéreo controlado?
Y otra. Es necesario, además de la autorización de AESA alguna autorización municipal? La DA 1ª.4 se refiere a la posibilidad de limitar o prohibir la operación por las autoridades competentes en materia se seguridad… Quizás en este caso de Bilbao, por lo comentado en el punto primero, no cabe, pero ¿otros Ayuntamientos están tramitando o concediendo autorizaciones para vuelos de drones sobre sus respectivos municipios? ¿Únicamente por lo que afecta a la seguridad???
Muchas gracias
Saludos Isabel;
Hay que diferenciar entre vuelos recreativos y vuelos profesionales. Con la normativa presentada en Diciembre de 2017 es posible realizar vuelos profesionales en zonas de espacio aéreo controlado siempre y cuando se obtenga el permiso de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y se cumplan los demás requisitos. Para vuelos recreativos no es posible realizar vuelos en zonas de espacio aéreo controlado.
Aquí puedes ver información y preguntas frecuentes de la nueva normativa.
Un saludo.
Buenas Tardes soy extranjero y en ll de este mes viajo España y llevo un dron mavic air , como turista tengo alguna restricción para utilizarlo , el Dron pesa 430 gramos y es para uso recreativo.
Saludos Arturo;
Aquí puedes ver de forma detallada los requisitos que debes de cumplir en tus vuelos recreativos. También te recomiendo que utilices la aplicación de ENAIRE Drones para saber en qué zonas es posible volar.
Un saludo.
Hola, ¿con un drone de menos de 250gr puedo volar en un parque que esté dentro del radio de 8km de un aeropuerto sin superar los 20m de altura?
Saludos Raúl;
No, la normativa actual no permite el vuelo recreativo en zonas de espacio aéreo controlado. Aquí puedes ver más información sobre ello.
Un saludo.
Qué edad hay que tener para pilotar un dron de forma recreativa?
Saludos Pepe;
La normativa vigente solamente exige la mayoría de edad en los vuelos profesionales.
Un saludo.
Hola Buenos días,
Si quisiera volar con fines profesionales alrededor de edificios teniendo autorización para ello por parte de los gerentes de esos edificios, ¿habría algún problema? ¿podría hacerlo?
Otra pregunta, exactamente ¿qué tipo de fines profesionales están permitidos? ¿puedo volar un dron que me haya fabricado yo misma con fines profesionales?
Gracias.
Saludos Noelia;
Para poder volar sobre edificios y sobre aglomeraciones de personas tienes que tener permiso de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), no sirve la autorización de los gerentes de esos edificios.
Sobre los fines profesionales, cuando te das de alta como operadora en AESA tienes que elegir el tipo de actividades a realizar. Aquí puedes ver más información.
Un saludo.
Hola. Como todo en esta vida y cuando los que se encargan de realizar las leyes, o como es en este caso, el marco regulador para vuelo de RPAS, se dejan cantidad de detalles en el tintero. Precisamente esos detalles son los que separan la difusa línea que separa lo legal de lo ilegal.
De entrada expongo que piloto un dron como diversión, por lo que me centro en esta actividad.
Paso a exponer respuestas de AESA a preguntas muy concretas:
PREGUNTA: ¿Puedo volar el RPAS en mi ciudad/parque/barrio de forma recreativa?
RESPUESTA: Sólo puedes volar tu RPAS sobre edificios, o reuniones de personas al aire libre si éste pesa menos de 250 gramos y no vuelas a más de 20 metros de altura.
Si quieres volar tu RPAS en un parque o en un espacio sin sobrevolar edificios o personas, puedes hacerlo, pero tu RPAS tiene que pesar menos de 2 kilos y no superar los 50 metros de altura. Aunque,
tienes que tener en cuenta, que tiene que estar dentro del alcance visual del piloto y, no volar a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto, aeródromo, ni en espacio aéreo controlado.
Si tu RPAS pesa más de dos kilos, no puedes volarlo ni sobre edificios, personas y tienes que volarlo en zonas adecuadas para ello, sin poner en peligro a otras personas ni a otras aeronaves en espacio aéreo no controlado.
No te olvides que eres responsable de los daños que cause tu RPAS, por eso es recomendable un seguro de responsabilidad civil.
PREGUNTA: ¿Puedo volar de noche con mi RPAS de forma recreativa?
RESPUESTA: Sí, siempre que este no pese más de 2 kilos y no superes los 50 metros de altura. No puedes volarlo
sobre personas ni edificios y a 8 kilómetros de los aeropuertos o aeródromos. Además, debes tener en cuenta que no puedes poner en peligro a terceros y siempre tienes que tener el RPAS a la vista. Si tu RPAS pesa menos de 250 gramos, la altura no puede superar los 20 metros.
PREGUNTA: ¿Puedo volar sobre personas en la playa, un concierto, una fiesta, una boda, una comunión, etc., de forma recreativa?
RESPUESTA: Si tu RPAS pesa más de 250 gramos no puedes sobrevolar personas ni edificios. Si tu RPAS pesa menos de 250 gramos se podrá volar en entornos de edificios, o reuniones de personas al aire siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura, y se realice de manera que no causes molestias a otras personas.
Saludos
Gracias por tus aportaciones, Jose Ignacio. Muy interesantes!
Un saludo.
Veo en los mapas de Enaire que Madrid y alrededores es todo zona de espacio aéreo controlado….
Entonces los drones que tienen un peso de 50 gramos, 80 gramos que se usan como juguete y algunos que tienen cámara para hacerse unos selfies con los crios, que son drones de un alcance muy limitado, que se usan con un pequeño mando o con el móvil, y en su mayoría son drones chinos todos de juguete…… ¿¿se pueden usar en los parque o algunos lugares amplios procurando no molestar ni estar cerca de gente y no subiendo más de los 20mts.???
De hecho hay parques en los que los críos juegan con ellos, y no veo mal alguno..
Estoy en la zona de Madrid – Moratalaz.
Gracias por su respuesta..
Saludos Mariano;
En espacios aéreos controlados no es posible realizar vuelos recreativos.
Un saludo.
Vuelo aviones a RC desde hace añossss! Y jamas podieron licencias para divertirnos un domingo, tengo un dron de menos de un kilo y parece que llevo en mis manos una bomba!!….como se aprovechan para sacar dinero de donde es impensable. Esto es una verguenza !
Me estaba planteando comprar un dron pero ya me está dando miedo con tanta normativa.
Soy fotógrafo y estaba pensando en adquirir un dron para grabar las sesiones de exteriores que hago, pero al necesitar una resolución mínima de 1080 los aparatos que me podrían interesar y que me podría pagar están entre 1 y 1,5 kg., por lo que creo que ya no se consideran «de ocio» solamente.
Las sesiones se hacen en calles sin gente, en la playa, espigones o en la montaña, y esos vídeos los colgaría en youtube. Mi canal no está monetizado, por lo que no obtendría ingresos en cuanto youtube, aunque el objetivo es promocionar mi trabajo.
Por otro lado he echado un vistazo a la web de icarusrpa.info y la zona en a que quisiera volar el dron está marcad de amarillo con la leyenda
«Barcelona CTR SV 2500 ft
Clase: E
Techo: 2500 ft MSL
Base: SFC»
¿Qué significa eso?
¿Cuántas limitaciones tengo para poder hacer eso? ¿Qué tipo de permiso y documentación necesitaría para poder grabar en una calle en la que sólo estuviésemos nosotros haciendo las fotos?
Saludos.
Saludos Jordi;
La zona que indicas está dentro del CTR de Barcelona. Las zonas CTR son zonas cercanas a los aeropuertos y son zonas de espacio aéreo controlado en donde no es posible realizar vuelos con drones a menos que se tenga permiso para realizar dicha operación.
Aquí puedes ver más información sobre lo que puedes hacer con un drone, tanto para un uso recreativo como para un uso profesional.
Un saludo.
en la pregunta ¿Qué requisitos se necesitan cumplir para hacer vuelos más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves de MOW>2Kg? creo que falta mencionar que, o bien tienes el transpondedor, o bien (que es la parte que falta) tienes que pedir espacio aéreo segregado (NOTAM). Osea, que el transpondedor no es necesario sí o sí. Siempre hablando de vuelos fuera de espacio aéreo controlado.
Además, como bien decís, hace falta un estudio de seguridad específico.
Hola, Gracias por adelantado por toda la info que estáis pasando. La normativa para servicios de emergencia, cual es?
Saludos Simon;
En el artículo 44 del Real Decreto 1036/2017 puedes ver más información.
Un saludo.
Buenos días.
Para trabajos de mantenimiento con el drón dentro de mi propia Empresa, revisión de líneas de alta tensión, sin remuneración alguna, se considera trabajo profesional (yo creo que si pero…..).
Un saludo.
Ignacio.
Saludos Ignacio.
Lo mejor en estos casos es que preguntes directamente a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Un saludo.
Buenos días, antes de nada muchísimas gracias por toda la información que aportáis, es de gran ayuda. Soy piloto de RPAS y tengo un par de dudas. Estaba considerando pedir el permiso a AESA para sobrevolar una ciudad pero me temo que voy a dedicar un montón de tiempo elaborando un estudio de seguridad y al final el permiso será denegado. Habéis solicitado algún permiso de estas características? Sabéis si ha mejorado la rapidez de respuesta de AESA para este tipo de permisos desde la entrada en vigor de la legislacion de diciembre de 2017? Podría ser una alternativa sobrevolar la ciudad con un RPAS de menos de 250 gramos y no volar a más de 20 metros de altura? En caso que subiese esas imágenes en el youtube, automáticamente podrían ser motivo de sanción por no considerarse vuelo recreativo sinó vuelo profesional?
Muchas gracias de antemano.
Saludos Sergi;
Por el momento nos consta que no se están concediendo los permisos necesarios para realizar este tipo de operaciones.
Un saludo.
en un drone receativo de 87 gramos es nessecario la placa ignifuga?
Saludos Marc;
Basándonos en el RD 1036/17 no sería necesaria la placa identificativa si volaras tu drone en los espacios autorizado para el uso de drones recreativos. En todos los demás casos de uso sí que necesitarías la placa identificativa.
Un saludo.
Hola. Muchas gracias por toda la info que comparten. Mi pregunta es: tengo un drone para uso recreativo y me lo llevé de vacaciones recientemente a la isla de la graciosa. Según la app icarus se puede volar sin ningún tipo de restricción en las zonas no habitadas de la mitad norte de la isla. Pero antes de volar decidí preguntar en la Policía local por si había algún tipo de restricción. Me dijeron que toda la isla salvo las zonas pobladas, donde ya sabía que no se podía volar, era Reserva Natural y que por tanto no podía volar por debajo de 300 metros, y como con mi drone no puedo sobrepasar los 120 metros por normativa, me dijeron que no podía volar mi drone. Para evitar posibles sanciones no lo hice pero me fastidió mucho. Mi pregunta es si es correcto el planeamiento que me hicieron y que me impidió volar. Vivo en Tenerife y ahí icarus si marca el parque Nacional del Teide como zona restringida, pero la graciosa no! 🙁
Muchas gracias.
Saludos Rafa;
Para estos casos te recomendamos que utilices la app oficial de ENAIRE Drones.
Un saludo.
Buenas tardes, me gustaría saber si puedo volar por ejemplo encima de una piscina privada o publica, o en playas?
Gracias.
Saludos Salvador;
Te recomendamos que utilices la aplicación oficial de ENAIRE Drones para ver la posibilidad de sobrevolar las zonas que comentes.
Un saludo.
Buenas tardes,
He comprado un dron que pesa 85gr y me gustaría saber si se puede volar en ciudad o qué normas debeb seguirse.
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Saludos Natalia;
Los drones con un peso inferior a los 250 gramos pueden volar en ciudad y sobre aglomeraciones de gente siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura. De todos modos la zona a sobrevolar también debe de cumplir los demás requisitos: no zona de espacio aéreo controlado, no zonas RVF…
Aquí puedes ver de forma detallada los requisitos que debes de cumplir en tus vuelos recreativos. También te recomiendo que utilices la aplicación de ENAIRE Drones para saber en qué zonas es posible volar.
Un saludo.
Buenas a todos
tengo la duda siguiente, ¿los vuelos en ámbito industrial necesitan autorización de la AESA?
Un Saludo
Saludos Lahcen;
Para realizar este tipo de vuelos debes de estar dado de alta como operador en AESA. En cuanto a la autorización de AESA para realizar el vuelo dependerá de la zona. Si es una zona en donde no hay restricciones al vuelo no tendrás que pedir autorización pero en el caso que sí que existan restricciones (zona de CTR, zonas RVF…) sí que tendrás que pedir autorización para poder realizar el vuelo.
Te recomiendo que utilices la herramienta de ENAIRE Drones para analizar la zona a sobrevolar.
Un saludo.
Buenas a todos
Me ha pasado ya en tres ocasiones que sobrevuelan un dron proximo a mi casa en el casco urbano de una ciudad pequeña, de noche. Tan proximo que aparece por una esquina de mi terraza teniendo visibiidad de toda el area y la piscina que está rodeada por paredes de 7 metros de altura, y permanece quieto en el aire unos 5 minutos. Desde luego me produce una sensacion nada agradable pues pienso que me estan grabando o controlando, no se. En la distancia yo no puedo saber el peso del aparto ni sé calcular la altura a la que está. Es esto legal? y si lo es, donde queda mi derecho a la intimidad?
Saludos Lola;
Si es un vuelo en ciudad, sobre aglomeración de gente y de edificios es muy posible que ese vuelo no cumpla la normativa vigente impuesta por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Además, también se deben de cumplir otras leyes como la de protección de datos o la ley del derecho al honor e intimidad. Aquí puedes ver más información.
Un saludo.
Buenas tardes,
Cuando se habla en el RD de vuelo SOBRE aglomeración de edificios/reuniones de personas, que se entiende por SOBRE? Estrictamente sobre la vertical, o bien dentro del volumen de la operación (teniendo en cuenta volumen de contingencia/emergencia, ya que el vuelo sobre las personas no estaría planeado)?
Por ejemplo, una operación dónde se vuele un dron estacionario a 50 metros de una reunión de personas al aire libre, es considerado vuelo sobre reunión de personas implicando la correspondiente autorización con AESA?
Creo que las definiciones deberían ser mucho más estrictas o está todo abierto a libre interpretación.
Un saludo y espero oír vuestra opinión.
Saludos Marc;
Para estos casos lo mejor es que contactes con la Agencia Espacial de Seguridad Aérea (AESA) y le plantees tu caso concreto. Ellos mejor que nadie podrán darte las respuestas correctas.
Un saludo.
Buenos días: Estuve mirando la nueva normativa Europea sobre drones. Y clasifica los vuelos de: Riesgo bajo, medio y alto. Por lo que me da a entender en el riesgo bajo, siempre que cumplas las normas de seguridad etc, cualquier persona puede volar un dron. O necesitarás hacer algún curso. Se de gente que tiene un dron menor de 500 grs con una cámara de buena resolución y hace trabajos a particulares. Es así?? Muchas gracias.
Buenos días: ¿En que momento deja de ser uso particular y pasa a ser uso profesional?
Me han comentado en mi empresa, a modo hobbie para después compartir en redes sociales etc, que podría grabar un evento en recinto cerrado y privado sin restricciones de vuelo. No tengo licencia y no cobraría por ello. El drone es un DJI Mavic Air
Saludos Pablo;
En estos casos lo mejor es consultarlo directamente con AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). Ellos mejor que nadie te podrán informar sobre si tu caso de uso es recreativo o profesional.
Un saludo.
Puedo volar y grabar imágenes sobre yacimientos y/o monumentos?
Saludos Iñaki;
Podrás volar en las zonas que comentas siempre y cuando se cumplan las condiciones explicadas en el artículo.
Un saludo.
Buenos días, en relación a los vuelos permitidos si no superan los 250g es únicamente a nivel de ocio o también sería aplicable para uso profesional?
Gracias.
Un saludo.
Saludos Paula;
Con la nueva normativa es posible volar drones de menos de 250 gramos en ciudad siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura y se cumplan con los demás requisitos.
Un saludo.
Hola, soy francés como lo entiendo, en España no entiendo las áreas prohibidas de la fotografía.¿Podemos volar pero no tomar fotos? Ejemplo en Cadaqués. ¿Es una zona verde en el mapa? ¿Podrías iluminarme? Muchas gracias.
Saludos Hubair;
Las zonas a las que te refieres son las zonzas restringidas al vuelo fotográfico (RVF). En esas zonas podrás volar el drone pero no realizar fotografías a no ser que tengas permiso explícito para hacerlo.
Un saludo.
En mi empresa, se trata de una autoridad portuaria, se ha comprado un dron de los de jugar, de Parrot. Lo hemos comprado para hacer fotos de obras y cosas así ¿Estamos obligados a cumplir los requisitos que habeis enumerado en cuanto a titulación, seguro, etc.
Saludos y muchas gracias por la ayuda.
Saludos Alberto;
En estos casos siempre recomendamos consultarlo directamente con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), ellos mejor que nadie os informarán sobre ello.
Un saludo.
Hola, quería saber sacándote el avanzado de drones, que peso máximo podría tener el drone y si hay diferencia de peso máximo en vlos y bvlos.
Gracias.
Saludos Fernando;
El certificado avanzado permite pilotar aeronaves de hasta 25 kg.
Los vuelos BVLOS (Beyond visual line of sight) solamente se pueden realizar con el certificado avanzado y con drones inferiores a 2 kg. La nueva normativa ya permite realizar vuelos BVLOS con drones de más de 2 kg pero para poder hacerlo es necesario cumplir los requisitos que se indican en el artículo, entre los que se incluye un estudio de seguridad aprobado por AESA.
Un saludo.
Esta es de las pocas paginas que todos tienen contestación, Enhorabuena.
Mi comentario se va a centrar más en el apartado que pongo abajo y del que pego sólo uno de los puntos.
«¿Qué requisitos tengo que cumplir si vuelo de forma recreativa?
Los usuarios de aeronaves pilotadas por control remoto destinadas exclusivamente a vuelos recreativos deberán de cumplir las siguientes condiciones:
…entre otras:
*Volar de día y en buenas condiciones meteorológicas. Aquí hay que destacar que si la aeronave pesa menos de 2 kilogramos están permitidos los vuelos nocturnos siempre que no se superen lo 50 metros de altura.»
Creo que para que no hubiera malas interpretaciones debería constar, o añadir, lo siguiente:
» Aquí hay que destacar que si la aeronave pesa menos de 2 kilogramos están permitidos los vuelos nocturnos siempre que no se superen lo 50 metros de altura (y añado) bajo las mismas condiciones que en vuelo diurno respecto a la prohibición de sobrevolar personas y edificios.»
Es decir que puedes volar de noche tu dron de hasta 2 kgs siempre que no lo hagas sobre personas y/o población.
Saludos
Saludos Pep:
Gracias por tus palabras y por tu aportación. Modificaremos el artículos para que no haya lugar a confusión.
Un saludo.
Hola buenas tardes, enhorabuena por la calidad de la infromación que dais! Quiero grabar un mosaico humano desde un dron en el patio de un colegio. Puedo hacerlo? El volegio está situado en un entorno urbano. Levantaría el dron con la cámara unos 30 metros como mucho del suelo. Puedo hacerlo?
Muchas gracias!
Saludos Fer;
Lamentablemente no vas a poder ejecutar el vuelo que comentas, ya que no está permitido volar sobre núcleo urbano y sobre aglomeraciones de gente sin obtener los permisos necesario que se comentan el en artículo.
Un saludo.
Hola! Genial por todas las respuestas y la atención a cada una de ella. Todavía leyendo sobre la normativa y sus cambios, me surgen dudas.
Teóricamente entiendo que con un dron de menos de 2kg podría volar en ciudad siempre y cuando no supere los 50 metros de altura y no sobre vuelve ni personas ni edificios, siempre para uso recreativo. ¿Es así? Eso quiere decir que si bajo al parque de delante de mi casa, o bien en un descampado, puedo volar mi drone si no paso de 50 metros de altura y no sobre vuelo edificios/personas?
Según he leído hace falta una placa ignifuga pegada en el drone y en el mando. ¿Dónde se puede conseguir?
Gracias de antemano!
Saludos Álex;
En el caso que planteas te faltaría analizar si el sitio a volar forma parte de algún CTR. Para analizar esto te recomendamos utilizar la aplicación oficial de ENAIRE Drones, de forma sencilla podrás saber si en la zona de interés se pueden ejecutar vuelos con drones.
Con respecto a la placa ignífuga, lo más sencillo es que vayas directamente a una empresa de grabados y le expliques las características que debe de tener la placa.
Un saludo.
Enhorabuena por informar a todos los usuarios que como yo tenemos varias dudas, buen trabajo!
Mi pregunta va en función de la nueva normativa impuesta.
Trabajo en el análisis de fútbol de un club deportivo y he obtenido el carnet oficial de piloto de dron. Me gustaría saber mas o menos cuanto suele tardar las peticiones-permisos a AESA para que te dejen volar el dron en una zona urbana.
Mi caso es un campo de fútbol descubierto, el cual esta situado a mas de 50 metros de las viviendas mas cercanas, y el cual podría disponer de unos metros para acordonar una zona y así poder grabar los entrenamientos que es la función que le daría al dron en este caso.
Agradecería toda información que me pueda ayudar sobre mi nuevo trabajo porque realmente estoy un poco verde en todo esto.
Un saludo, muchas gracias.
Saludos Javier;
Lamentablemente, hasta la fecha, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) no ha concedido permisos para volar drones en zonas urbanas. De todos modos te animamos a intentarlo, aquí puedes ver más información sobre los trámites a realizar.
Un saludo.
Buenos días,
Soy profesor de educación física. Tengo un DJI Mavic air y quiero usarlo en clase (tengo autorización de imagen de los padres). ¿Puedo subir los videos a la web del centro?
Saludos Nicolás;
Antes de realizar el vuelo tendrás que asegurarte de que la zona es totalmente válida para sobrevolarla. Para ello, te recomendamos utilizar la aplicación ENAIRE Drones. De forma sencilla podrás saber si es posible sobrevolar la zona de interés sin incumplir con la normativa vigente.
Un saludo.
Hola, muchísimas gracias por el artículo. La pregunta es la siguiente. Organizo una carrera de montaña por afición. No tengo ninguna empresa de eventos ni nada de eso. La zona es ZEPA. Tengo idea de comprar un dron sencillo menos de 250gr para hacer un video promocional y grabar el día de la prueba. Dónde debería de pedir permisos. A medio ambiente por tema ZEPA, ayuntamiento por tema de grabar en población, Aesa por sobrevolar aglomeraciones de gente… Gracias de antemano.
Saludos Igor;
Si la finalidad del vídeo es comercial tendrás que darte de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Con respecto a la zona ZEPA, si el gestor de la zona tiene publicado un plan de gestión y se prohíbe expresamente el sobrevuelo, no podrás volar. En este link puedes ver todas las zonas ZEPA y LIC, así como consultar sus fichas de gestión. Si tienes cualquier duda sobre si se puede volar o no, te recomendamos que te pongas en contacto con el gestor de la zona ZEPA.
Un saludo.
Hola. Interesante artículo.
No tengo drone pero me pica la curiosidad por lo que tengo algunas dudas y desconozco el vocabulario técnico. Así que disculpas por adelantado por si comento alguna que otra burrada jeje.
Tengo un amigo que es piloto comercial y creo que se lo escuché decir a él. Me refiero a unos procedimientos que hacen antes y no sé si después de cada vuelo. Algo así como una lista de chequeo del avión entre otras cosas.
En el caso de los drones, imagino que hay un «ritual» para al menos, antes del vuelo y no sé si para después del vuelo, una vez que ya se ha terminado la jornada/proyecto…¿prácticas de vuelo?/entrenamiento…
¿Podrían decirme, si esto es así, dónde puedo encontrar info al respecto?
Imagino que debe ser algo así:
1) Permisos para la zona en la que se quiere volar y si es que se puede volar en ella.
2) chequear que las baterías están cargadas y todas las partes del drone están correctas.
3)Tiempo atmosférico.
4)Registro del vuelo con alguna información mínima (no sé si hay apps para eso de ser necesario o si se haría por escrito en un cuaderno específico)
No sé, pura curiosidad. PArece bastante interesante ese mundillo.
Gracias y saludos
Saludos Chris;
Antes de realizar cualquier vuelo es necesario analizar la zona a sobrevolar para ver si es apta para volar drones. Hay ciertas zonas en donde la normativa no permite realizar vuelos de drones sin obtener un permiso de la autoridad competente que en este caso es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Antes de realizar cada vuelo sí que es necesario comprobar ciertos aspectos como las condiciones meteorológicas, baterías, motores, hélices, ópticas…
Un saludo.
Por favor. Podrías decirme las sanciones por la utilización ilegal de drones y el tiempo de prescripción de las sanciones….gracias
Saludos Francisco;
El artículo 7 del Real Decreto trata estos temas. Puedes ver el Real Decreto aquí.
Un saludo.
Hola, mi pregunta es: para volar un dron, menos de 25 kg en área de seguridad del aeródromo HELIPUERTO BASE C.I. TALAVERA DE LA REINA, LEEI. qué permisos necesarios tendría que solicitar??
Saludos Pedro;
Para volar en la zona que comentas tendrás que pedir permiso y coordinar la operación con el helipuerto. Te recomendamos que te pongas en contacto con ellos para ver la posibilidad de realizar el vuelo.
Un saludo.
hola tengo una pregunta
¿Qué ha cambiado desde el verano en la ley de aviación para el vuelo recreativo de un avión no tripulado?
¿Necesita investigación médica?
¿Necesita vuelo registrado en EASA?
¿Necesitas tener documentación de vuelo?
¿Necesitas tener un seguro? ¿Es solo extra?
Necesito esta información solo para vuelo recreativo …
y lo siento por mi España acabo de aprender ahora 🙂 gracias.
Saludos;
La normativa vigente es la publicada en Diciembre de 2017, así que desde el verano no ha habido cambios al respecto. Aquí puedes ver el Real Decreto.
Para realizar vuelos recreativos no es necesario hacer un reconocimiento médico ni tener un seguro contratado (aunque sí es muy recomendable). Lo que sí es necesario es que tu drone lleve una placa identificativa como se indica en el artículo.
Además, antes de realizar un vuelo debes de comprobar que la zona no tiene ninguna restricción al vuelo de drones. Para ello te recomendamos utilizar la herramienta ENAIRE Drones.
Un saludo.
Buenos días:
Vivo en un pueblo. Tengo un minidrone, que vuelo dentro de casa y en alguna finca exterior. Soy aficionado a la fotografía y me estoy planteando adquirir un drone para vuelo recreativo y alguna toma de vídeo aéreo. Todo ello en plan afición y para visualizar posteriormente en casa. No publico en Youtube.
El drone que tengo previsto comprar pesa alrededor de 1 kg.
Ni que decir tiene que, antes de proceder a volar mi drone, consultaré la aplicación Enaire, revisaré que la zona por la que pretendo volar no tenga ningún tipo de restricción, incluidos parques naturales, zonas ZEPA, red Natura 2000, etc.
Y ahí van varias preguntas:
Zonas de vuelo:
– Alrededores de pueblos, no encima de las casas. ¿Que distancia debo mantener hasta las casas?
– Riberas de ríos alejados de los núcleos de población ¿alguna limitación de distancia?
– Monumentos o ruínas (supongamos castillos, torres, etc.) separados de los núcleos urbanos. ¿Que distancia de separación debe existir?
Realmente lo que quiero saber es la distancia en horizontal, para poder volar sin problemas. Incluso si hay parques o rutas de senderismo en las que hay gente, la distancia a la que debo mantener el drone de la gente.
Gracias.
Saludos Andrés;
Te recomendamos que le des una lectura al artículo 21 del Real Decreto ya que este artículo trata muchas de las preguntas que nos planteas. Puedes ver el Real Decreto aquí.
En general podrás realizar vuelos (MTOW <10 kg y VLOS) sobre aglomeraciones de gente o edificios siempre que no estés en zona de espacio aéreo controlado y dejes una distancia horizontal de 50 metros respecto de edificios o de cualquier persona.
Un saludo.
Hola, muchas gracias por la informacion y por el esfuerzo en dar respuesta a todas las preguntas de la comunidad. Respecto a esto y para tener claro un tema….
1- Vivo en tetuan (Madrid Capital) y ademas de estar rodeado de muchos parques donde estaría alejado de edificios también hay otros a los que podria movilizarme como por ejemplo casa de campo.
2- Me regalaron un dron Bebop 2 de Parrot que pesa cerca de los 500grs.
3- Se que no podría superar los 50 metros de altura ni perder de vista el dron durante el vuelo
4- Entiendo que necesito mandar a generar una placa para adherirla al dron y al mando.
5- Tetuan esta a mas de 8 kilometros del aeropuerto.
Revisando las diferentes aplicaciones a las que se hace referencia para revisar las zonas donde se podría o no volar un dron, prácticamente en ningún lugar de Madrid ni pensarlo, necesitaría viajar fuera de la comunidad de Madrid a una zona inhóspita de España lejos de cualquier comunidad para poder volar durante 20 minutos que es la duracion de la bateria o comprarme un ejercito de baterias para que valga la pena el gasto de gasolina y tiempo en salir de Madrid.
Mi pregunta es, estando en Madrid Capital, podría acudir a un parque al aire libre para volar mi drone de acuerdo a esas características o simplemente lo uso como pisa papeles mientras alguien en wallapop me lo compra?.
De acuerdo a las restricciones dentro de toda la comunidad de Madrid para volar drones, no seria mas fácil prohibir la venta, porte, uso, pensamiento y hasta soñar con drones aéreos?
Perdón por la ironía pero es que me cuesta creer que no se pueda volar un dron con un tiempo de autonomia medianamente decente sin tener que gastar dinero en salir de madrid o pagar en algun lugar destinado a esta actividad.
Gracias
Saludos Reinaldo;
En la zona de Madrid es bastante complicado volar un drone debido a las zonas de espacio aéreo controlado (CTR).
Un saludo.
Hola! Me gustaría saber si un RPA de uso profesional puede volar de noche en una ciudad si pesa menos de 2kg.
Un saludo y gracias por la publicación!
Saludos Elisa;
Para poder realizar el vuelo que comentas es necesario que tengas autorización por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea(AESA).
Un saludo.
Buenas, tengo una pregunta de normativa. Trabajo en un centro educativo público, un IES. Vamos a realizar una actividad con todos los alumnos y queremos tomas aéreas, es posible si no sobrevuelo por encima y tengo el permiso del director?.
Saludos Javier;
En estos casos el permiso del colegio o del director del mismo no sirven, ya que la autoridad competente que regula el espacio aéreo es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Para realizar este tipo de vuelo será necesario que tengas autorización de AESA.
Un saludo.
Le han regalado a mi sobrino de 7 años el quadcopter KY601S Drone. Es adecuado para su edad? Creo que no… Él no puede pilotarlo verdad? Necesito info, por favor.
Saludos Sandra;
En el caso que comentas podría volar pero siempre con la supervisión de un adulto. Aquí puedes ver más información sobre la normativa para vuelo recreativo.
Un saludo.
Buenas tardes. Con tanta legislación, cambios y comentarios de distintos sitios, al final, uno se hace un lío.
Tengo un Mavic Air cuyo peso, sin batería, es de 290 gr. y con batería 430 gr.
En algún vídeo, de los muchos que corren por internet, explicaba que si pesa menos de 2 kg. se considera «juguete» y no hace falta seguir las normas de los drones, pero sólo he visto en ese vídeo tal diferenciación.
¿Qué hay de verdad en esto?
Saludos Joaquín;
Las normas establecidas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) afectan tanto a drones profesionales como recreativos independientemente del peso de la aeronave.
Un saludo.
Un dron con fines recreativos y con un peso de unos 450 gramos ¿necesita llevar una placa identificativa?
Saludos Jose;
Cualquier drone debe de llevar placa identificativa, excepto si se vuela en espacios acotados y autorizados.
Un saludo.
Buenas tardes
Me gustaría informarme si podría grabar un vídeo esquiando con un dron DJI Mavic 2 Zoom la estación Vallter2000.
Un saludo.
Gracias
Saludos Dariusz;
Te recomendamos que analices la zona de vuelo con la herramienta oficial de ENAIRE Drones. De forma sencilla podrás saber si es posible realizar vuelos en la zona.
Además, tendrás que cumplir con los requisitos que se citan en el artículo. Por ejemplo, si hay más gente esquiando se considerará una aglomeración de personas.
Un saludo.
Soy de México y voy a Europa en Marzo, ¿necesito hacer algo para poder usar mi dron? (Mavic Air), Obviamente siguiendo las reglas que mencionan, pero mi pregunta va a que si tendría problemas al volarlo ya que lo uso de manera recreativa personal.
¡Un abrazo!
Saludos Raúl;
Cada país tiene una normativa diferente. Nuestra recomendación es que te informes de los requisitos de cada país.
En el caso de España no tendrás problema en realizar vuelos recreativos siempre y cuando cumplas con los requisitos que se citan en el artículo. Aquí puedes ver más información sobre vuelos recreativos en España.
Un saludo.
Hola buenas esta permitido volar un dron dentro de una obra en construcción para ver su desarrollo y poder sacar fotos
Saludos Paruba;
Te recomendamos que analices la zona de vuelo con la herramienta oficial de ENAIRE Drones. De forma sencilla podrás saber si es posible realizar vuelos en la zona.
Un saludo.
Hola buenas tardes, queria hacer unas preguntas, tengo el titulo de piloto de RPAS y un dron mavic pro.
Un familiar me pide que si puedo grabar unas imágenes en un colegio seria sin gente, he estado mirando en ENAIRE y veo que se encuentra en el área de seguridad de aeródromo de un hospital.
¿Para poder volar que tendría que hacer? pedir permiso a AESA(y como pedirlo) o a los responsables del helipuerto .
Saludos Jon;
Te recomendamos que te pongas en contacto con los responsables del helipuerto.
Un saludo.
Hola buenas,
Me quiero sacar la licencia para pilotar drones de hasta 25kg, pero mi duda es que si me saco dicha licencia la tengo que asociar a un dron específico o puedo usar varios drones de distintos operadores?
Muchas gracias.
Saludos Lolo;
Para conseguir el certificado de piloto de drone tendrás que superar un examen teórico y un examen práctico. La parte práctica es específica para cada tipo de aeronave. Por tanto tú obtendrás el certificado para una aeronave concreta.
Otro tema diferente, es que la operadora para la cual trabajes tenga la opción de incluir en su declaración responsable a pilotos con certificado de conocimientos prácticos diferente a la de la aeronave que va a operar. Esto lo podrá realizar siempre y cuando se cumplan una serie de similitudes en cuanto a configuración, peso, sistema de control y actuaciones.
Te recomendamos que te pongas en contacto con una ATO. Ellos podrán asesorarte en este tipo de temas.
Un saludo.
Hola!
Tengo que hacer un video para una ayuntamiento y no sé si es el propio ayuntamiento que tiene que darme un permiso específico para poder grabar con dron en el pueblo o hay que solicitarlo en otro lugar.
Gracias!
Saludos Belén;
Te recomiendo que utilices la herramienta oficial de ENAIRE Drones para analizar la zona de vuelo y ver si existe algún tipo de restricción.
Un saludo.
Hola,alguien me puede decir como y ha quien se piden autorizaciones para volar en zonas Zepa? ,y por que un aeroclub en el mapa de enaire tiene una zona que nos es redonda de 8 km si no que es alargada y es de 15 km en una zona y de ancho 8 km?si hago un vuelo vlos puedo entrar dentro de esa zona del aeroclub siempre que respete los 8km? Gracias
Saludos Salvador;
Tendrás que comprobar si en la zona en cuestión está permitido el vuelo de aeronaves. Te recomendamos mirar su plan de gestión para comprobarlo, o llamar a su gestor para salir de dudas. Puedes consultar esta información a través del siguiente enlace: https://sig.mapama.gob.es/bdn/visor.html
Un saludo.
Hola, quería saber si esta permitido grabar en el patio de un centro de secundaria. Si se puede grabar un evento. Sería en la comunidad de Madrid
Saludos Mónica;
Te recomendamos que analices la zona con las herramienta oficial de ENAIRE Drones para conocer las posibles restricciones del lugar.
Un saludo.
Hola, ¿existe una altura de vuelo mínima?. Me han dicho 6 metros. ¿Puedo volar un dron con fines profesionales hasta esa altura sin necesitar ningún permiso, ni ser operador?. Gracias.
Saludos Alberto;
Para realizar cualquier actividad profesional con drones tendrás que darte de alta como operador en el listado de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Con respecto al tema de la altura mínima que comentas, el Real Decreto Real Decreto 1036/2017 no fija ninguna altura de vuelo mínima.
Un saludo.
Buenas, tenía una pregunta en función a drones de carácter lúdicos-recreativos.
Es necesario que lleven placas de matrícula?? He leído en Real Decreto que las aeronaves de <25kg no deben registrarse en el Registro de Matrículas de Aeronaves, no se si es lo mismo que portarlas.
Otra cosa más para los vuelos nocturnos de estos drones recreativos de menos de 2 kg,, se necesita autorización??
Un saludo
Saludos Alejandro;
Como bien comentas las aeronaves <25kg quedan exceptuadas de los requisitos de inscripción en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiviles, pero estas aeronaves sí que deben de llevar una placa identificativa ignífuga.
Un saludo.
Hola.
Quiero hacer la grabación de un pueblo para publicarla. Tenemos operadora, soy piloto con seguro y certificado médico. No voy a sobrevolar el núcleo urbano, pero sí grabarlo desde una distancia segura ¿A qué distancia mínima puedo estar sin tener que pedir ningún tipo de permiso?
Gracias de antemano. Un saludo.
Saludos Juan Luis;
Te recomendamos que te pongas en contacto con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y les comentes en profundidad tu caso para que te puedan asesorar.
Un saludo.
Buenas, si eres operador y quieres realizar un trabajo audiovisual en una zona que se puede volar, ¿que margen hay hasta que se haya puesto el sol? ¿Existen algunos minutos para poder volar cuando ya se ha puesto el sol y que todavía no es denoche?
Gracias por vuestra ayuda
Saludos Paco;
Interesante pregunta. Por lo general y según nos hemos informado se suele tener en cuenta el ocaso.
Estaría genial que alguien con información más precisa pudiera aportar más datos.
Un saludo.
Hola, me gustaría saber por qué mapa me tengo que guiar de manera más segura a la hora de volar mi drone, si por el de la app de icarusRPA o por el de ENAIRE Drones, porque dónde está permitido en ICARUS en ENAIRE no
Saludos Mercedes;
ENAIRE Drones es una aplicación oficial lanzada por ENAIRE. Aquí puedes ver más información.
Un saludo.
¿Puedo fumigar unos olivos con un dron dedicado para eso de unos 25kg de carga ..(dji agras o similar )? No hay núcleo urbano cerca y no sobrepasaría los 4 metros de altura de vuelo en ningún caso . Necesito licencia y demas historias si ya sé pilotar drones y este tiene un sistema automático . Es una zona rural apartada y de más de 4 hectáreas.
Saludos Jesús;
Para cualquier actividad profesional con drones es necesario estar dado de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Un saludo.
Se puede grabar con un dron en un pabellón cubierto?? qué requisitos se necesitan para ellos si se puede?
Saludos Nacho;
En un pabellón cubierto sí que es posible volar ya que no se considera espacio aéreo. De todos modos tendrás que tener el consentimiento del responsable del recinto.
Un saludo.
Hola,
Estoy confundido. No sé si me podéis ayudar.
Tengo un drone de 200 gr con cámara que me gustaria usar para hacer videos a mi hija en el parque de mi barrio.
En principio por lo que tengo entendido mientras no supere los 20 metros de altura y respetando la Ley de protección de ddatos, podría hacerlo volar.
El caso y de donde viene mi duda es que en esta página https://drones.enaire.es/ dice que no se puede volar ni de forma recreativa en ninguna zona de Barcelona ciudad. Por no poder no se puede practicamente en toda la costa catalana y varios kilometros al interior.
¿Puedo o no puedo usar el drone en el parque de mi barrio de Barcelona Ciudad?
Un Saludo,
Saludos Miguel;
En Barcelona es complicado volar ya que su CTR abarca gran parte de la ciudad.
Un saludo.
Misma pregunta que Miguel pero con un dron de menos de 100grs al despegue el cual lleva cámara de grabación y me gustaría usarlo de forma profesional lo cual por lo leido no encuentro en que marco aplica este tipo de dron para volar sobre gente y en ciudad.
Un saludo, gracias
¿Como se calcula la cuantía de la sanción a aplicar? es decir ¿como sé que sanción me pondrían por inflingir alguna de las normativas?.